viernes, 16 de marzo de 2012

Descuelgue salarial Antes/Despues de la reforma.

Antes de la reforma: el acuerdo de los representantes tenía que ajustarse a lo que estableciera el convenio del sector, que debería regular el mecanismos del descuelgue, fijando elementos objetivos muy concretos para considerar si se podía o no llevar a cabo esa rebaja salarial. Ademas, en el nuevo salario la comisión Paritaria se reservaba la posibilidad de emitir informe vinculante o no.

Con la reforma laboral: La empresa puede alcanzar un acuerdo con los representantes de los trabajadores, y la única razón que tiene que concurrir es que la aplicación del salario podría dañar la situación o las perspectivas de la empresa, es decir, ni siquiera tiene que acreditar la empresa un daño actual. en la práctica, es poco menos que imposible que un órgano judicial anule ese acuerdo
pues las perspectivas de la empresa no precisan de una prueba concluyente, y se basan en una mera conjetura que en muy pocos casos se puede descartar.

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