jueves, 29 de septiembre de 2011

Relaciones Laborales de caracter Especial.

09Artículo 2. Relaciones laborales de carácter especial.
1. Se considerarán relaciones laborales de carácter especial:
  1. La del personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c.
  2. La del servicio del hogar familiar.
  3. La de los penados en las instituciones penitenciarias.
  4. La de los deportistas profesionales.
  5. La de los artistas en espectáculos públicos.
  6. La de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir el riesgo y ventura de aquéllas.
  7. La de los trabajadores minusválidos que presten sus servicios en los centros especiales de empleo.
  8. La de los estibadores portuarios que presten servicios a través de sociedades estatales o de los sujetos que desempeñen las mismas funciones que éstas en los puertos gestionados por las Comunidades Autónomas.
  9. Cualquier otro trabajo que sea expresamente declarado como relación laboral de carácter especial por una Ley.

lunes, 26 de septiembre de 2011

Accidentes del Trabajo: Causas, Clasificación y Control

El accidente del trabajo constituye la base del estudio de la Seguridad Industrial, y lo enfoca desde el punto de vista preventivo, estudiando sus causas (por qué ocurren), sus fuentes (actividades comprometidas en el accidente), sus agentes (medios de trabajo participantes), su tipo (como se producen o se desarrollan los hechos), todo ello con el fin de desarrollar la prevención.
Accidente del trabajo Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte (Ley 16.744)

jueves, 22 de septiembre de 2011

Derechos de los trabajadores

Artículo 4. Derechos laborales.
1. Los trabajadores tienen como derechos básicos, con el contenido y alcance que para cada uno de los mismos disponga su específica normativa, los de:
  1. Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
  2. Libre sindicación.
  3. Negociación colectiva.
  4. Adopción de medidas de conflicto colectivo.
  5. Huelga.
  6. Reunión.
  7. Información, consulta y participación en la empresa.

lunes, 19 de septiembre de 2011

Liberados sindicales

Leyendo un poco sobre el tema.. pienso que la liberacion sindical es fundamental para los derechos de los trabajadores.. aunque como en todos lados habra quien en vez de luchar por lo derechos aprovechen para sus intereses.